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Paro deechos

Publicado: 01 Dic 2013 23:24
por Carlos Tenerife
Buenas a ver si alguien conoce de esto,tengo una invalidez total permanente para mi trabajo,hace seis meses conseguí otro de administrativo pero me quedo al paro después de seis meses tengo derecho a paro antes de la invalidez en 25 años nunca estube al parp,gracias

Publicado: 03 Dic 2013 00:38
por AntonioE
Me parece que para tener algo de paro tienes que estar un año trabajando, asi que si has estado solo 6 meses na de na lo tienes hay para cuando vuelvas a trabajar se suma al tiempo que estes de nuevo trabajando, saludos.

Publicado: 03 Dic 2013 19:07
por kitesurferbcn
Como bien dice Antonio se necesitan 360 días cotizados...

Requisitos para acceder a la prestación:
• Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social, en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
• Estar en situación legal de desempleo (ver situaciones legales de desempleo). También se ha de acreditar la disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada, mediante la suscripción de un compromiso de actividad.
• Tener cubierto un período mínimo de cotización por esta contingencia de 360 días, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
• El incumplimiento por parte del empresario de las obligaciones de afiliación, alta y cotización, no impide que el trabajador obtenga su prestación por desempleo, y por ello la Entidad Gestora le abonará las prestaciones sin perjuicio de las acciones que pueda adoptar contra la empresa infractora y la responsabilidad que corresponda a ésta por las prestaciones reconocidas.
• No haber cumplido la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de 7jubilación, salvo que el trabajador no tuviera derecho a ella por falta de acreditación del período de cotización requerido para ello, o se trate de supuestos de suspensión de la relación laboral o reducción de jornada autorizados por Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
• No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad (ver páginas 16 ).

Información extraída de: http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=& ... upKLIBEkag