Revisión evi
Moderador:JESUSMP01
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- Registrado:18 Mar 2013 12:02
Buenas tardes sabéis de algún caso reciente de amputados que llamen a revisión teniendo incapacidad total permanente,y los manden de nuevo a su puesto de trabajo en principio sin poder hacer este trabajo,saludos
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- Mensajes:267
- Registrado:23 Sep 2012 20:15
Hola Carlos, lo normal es que te mantengan el grado de incapacidad permanente que te han dado, ya que por desgracia a un amputado por mucho que mejore, no le va a volver a crecer la pierna y si no podías trabajar en tu profesión hace un año tampoco lo podrás hacer ahora.
No tiene sentido rebajar a un amputado de una incapacidad permanente total a una incapacidad permanente parcial o peor aún, darle el alta...
Sí que tiene sentido que te puedan rebajar de una incapacidad permanente absoluta a una incapacidad permanente total, o una incapacidad permanente parcial o incluso a darte el alta.
Me explico: Supongamos que una persona lleva 2 años de baja, el Tribunal Médico del INSS (EVI/ICAM) decide llamarle a revisión, pero esta persona está realizando la rehabilitación todavía, ya que por complicaciones le han tenido que intervenir en varias ocasiones y el proceso de recuperación se ha alargado más de la cuenta.
En este caso a esta persona le darán una incapacidad permanente absoluta, ya que si no está de alta, difícilmente puede realizar algún trabajo. El Tribunal en previsión de que mejore decide revisarle al año, si esta persona mejora y su trabajo consistía en trabajar de administrativo, le rebajarán el grado a incpacidad permanente parcial o le darán el alta y si trabajaba de peón de la construcción le rebajarán el grado a incapacidad permanente total.
Y el grado se lo mantendrán de por vida, ya que no va a mejorar,,,
Espero haberme explicado bien...
No tiene sentido rebajar a un amputado de una incapacidad permanente total a una incapacidad permanente parcial o peor aún, darle el alta...
Sí que tiene sentido que te puedan rebajar de una incapacidad permanente absoluta a una incapacidad permanente total, o una incapacidad permanente parcial o incluso a darte el alta.
Me explico: Supongamos que una persona lleva 2 años de baja, el Tribunal Médico del INSS (EVI/ICAM) decide llamarle a revisión, pero esta persona está realizando la rehabilitación todavía, ya que por complicaciones le han tenido que intervenir en varias ocasiones y el proceso de recuperación se ha alargado más de la cuenta.
En este caso a esta persona le darán una incapacidad permanente absoluta, ya que si no está de alta, difícilmente puede realizar algún trabajo. El Tribunal en previsión de que mejore decide revisarle al año, si esta persona mejora y su trabajo consistía en trabajar de administrativo, le rebajarán el grado a incpacidad permanente parcial o le darán el alta y si trabajaba de peón de la construcción le rebajarán el grado a incapacidad permanente total.
Y el grado se lo mantendrán de por vida, ya que no va a mejorar,,,
Espero haberme explicado bien...
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